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Vales escolares e implicaciones para estudiantes con discapacidad

Education

Los vales escolares y la ESA 

¿Qué es un vale escolar? 

Los programas de vales escolares les dan a los padres la opción de elegir la escuela a la que su hijo va a asistir. Los vales escolares, junto con las cuentas de ahorro para la educación y las becas de crédito fiscal, desvían los dólares fiscales de educación de las escuelas públicas a las escuelas y los servicios privados. 

Al aceptar un vale escolar, los padres retiran a su hijo del sistema de escuelas públicas, tomando un porcentaje de los fondos que la escuela pública habría recibido para educar a ese niño. Los padres pueden usar el dinero para servicios educativos no públicos para el niño, como la matrícula para asistir a una escuela privada. 

Los vales escolares comenzaron a utilizarse en los Estados Unidos en 1990 en el estado de Wisconsin. El programa de vales de cada estado tiene diferentes reglas sobre qué alumnos son elegibles para un vale, cómo se puede gastar el dinero del vale y los procedimientos que los padres deben seguir. El programa de vales escolares de Arizona comenzó en 2011.  

¿Qué es el programa de Cuentas de Becas de Empoderamiento (ESA)?

El programa de Cuentas de Becas de Empoderamiento (programa ESA) es el programa de vales escolares de Arizona. Es administrado por el Departamento de Educación de Arizona (ADE, por sus siglas en inglés), y permite que los padres de los alumnos que reúnen las condiciones necesarias utilicen dinero público para pagar los servicios educativos de las escuelas privadas, los proveedores de educación y los vendedores en general.  

El programa ESA funciona como un contrato entre el padre o madre y el ADE. El padre o madre (denominado el “titular de la cuenta”) recibirá una tarjeta bancaria prepaga con el 90% de los fondos estatales que una escuela pública habría recibido para educar al hijo del titular de la cuenta.  

¿Quiénes tienen derecho a una cuenta ESA?

Anteriormente, ESA estaba disponible solo para estudiantes en ciertas categorías (estudiantes con discapacidades, estudiantes que asistían a escuelas con calificación D o F, estudiantes cuyos padres estaban en el ejército, etc.). Durante la sesión legislativa de 2022, los legisladores aprobaron el HB 2853, que amplió la elegibilidad de ESA para incluir a todos los estudiantes elegibles para inscribirse en la escuela pública K-12. Esto se conoce como el programa “ESA universal” y tiene requisitos de elegibilidad diferentes a los del programa ESA anterior. 

Para obtener más información sobre las condiciones que debe reunir un alumno para tener derecho a la ESA, visite el sitio web de la ESA del Departamento de Educación de Arizona: https://www.azed.gov/esa/eligibility-requirements/ 

¿Cómo se solicita una cuenta ESA?

Usted puede solicitar una cuenta ESA en línea: https://esaonline.azed.gov/OnlineApplication. Se le pedirá que cargue copias de los documentos necesarios, como el certificado de nacimiento del alumno. Si no tiene una computadora personal, puede usar una computadora pública en una biblioteca o un centro comunitario. Lamentablemente, la ESA no acepta solicitudes en papel.  

¿Cuánto tiempo tarda el ADE en procesar las solicitudes de cuentas ESA?

Las solicitudes pueden tardar hasta 30 días en procesarse (a partir de la fecha en que se envía una solicitud completa) y la determinación final se envía por correo electrónico. Puede consultar el estado de su solicitud de ESA aquí: https://esaonline.azed.gov/Status/ApplicationStatus 

¿Qué sucede una vez que se aprueba una solicitud de cuenta ESA?

Si opta por seguir adelante con una cuenta ESA, deberá retirar al alumno de la escuela pública y proporcionar a la ESA un comprobante de dicho retiro. Después de verificar que el alumno ha sido retirado de la escuela pública, la ESA emitirá un contrato a los padres, y una vez que los padres firmen y devuelvan el contrato, la cuenta se considerará activa y lista para recibir fondos. La financiación se proporciona trimestralmente. 

ESA se asocia con una plataforma en línea llamada ClassWallet para administrar los fondos de ESA a los titulares de contratos. Una vez que se firma el contrato ESA de un estudiante, toma aproximadamente 3 semanas configurar y depositar fondos en la cuenta de ClassWallet. Una vez configurada la cuenta, ESA solicitará fondos trimestrales a la Oficina del Tesorero. Tras la aprobación de la Oficina del Tesorero, la tesorería liberará los fondos a ClassWallet para su desembolso. ClassWallet enviará un correo electrónico a las familias de ESA informándoles que hay fondos disponibles. Los titulares de cuentas pueden acceder a la cuenta de ClassWallet de su estudiante a través del Portal de Solicitantes de ESA. ClassWallet ofrece cuatro formas diferentes de realizar compras o pagos en su plataforma: Marketplace, Pay Vendor, Débito, y Reembolso. Más información, así como tutoriales útiles, están disponibles en ClassWallet: https://kleo.force.com/classwallet/s/  

¿Cuánto dinero recibirá mi hijo a través de la cuenta ESA?

A través de una cuenta ESA, los padres reciben el 90% de la cantidad de fondos que de otro modo se destinarían a la escuela pública donde está inscrito el niño. Esa cantidad variará según el alumno y puede cambiar de un año a otro según el presupuesto de educación del estado. 

La fórmula de financiamiento escolar de Arizona supone que brindar una oportunidad educativa equivalente a todos los alumnos será más costoso en algunas situaciones y menos costoso en otras. Para tener en cuenta estas diferencias, el monto de la financiación proporcionada por alumno se pondera según varios factores. Por ejemplo, la fórmula supone que educar a alumnos de escuela secundaria cuesta más que educar a alumnos de escuela primaria, por lo que a un alumno de secundaria se le da mayor peso que a uno de K-8. Del mismo modo, las distintas categorías de discapacidad se ponderan de manera diferente. Las discapacidades más significativas tienen una mayor ponderación, ya que la fórmula supone que será más costoso proporcionar acceso equitativo a la educación cuanto más significativa sea la discapacidad del alumno. 

La cantidad mínima que un padre puede esperar recibir a través de la ESA es de alrededor de $3,000 por año escolar. La cantidad más alta sería de aproximadamente $37,000 para un alumno con múltiples discapacidades significativas (tenga en cuenta que la financiación a este nivel es muy poco común). En el sitio web del ADE hay una tabla con las cantidades estimadas de fondos de la ESA que los alumnos con diferentes discapacidades podrían recibir: https://cms.azed.gov/home/GetDocumentFile?id=5d8278521dcb251b084564fe. 

La única forma de determinar la cantidad exacta de fondos que su hijo recibirá a través de una cuenta ESA es completar y enviar una solicitud de cuenta. 

Normas de la ESA 

¿Cómo se puede utilizar el dinero de una cuenta ESA?

El dinero de una cuenta ESA debe utilizarse en servicios y materiales educativos en beneficio del alumno.  

Hay una herramienta de búsqueda en la página web de la ESA que permite a los padres buscar artículos permitidos para los cuales se pueden usar los fondos de la ESA: https://www.azed.gov/esa/esa-allowable-items  

Para obtener información más detallada sobre lo que puede y no puede comprar con dinero de la ESA, lea el Manual de la ESA para padres:  

https://www.azed.gov/sites/default/files/2022/06/2022-2023%20ESA%20Program%20Handbook%20in%20Spanish%20%28Final%204-29-22%29.pdf  

Tenga en cuenta que el Manual para padres solo se actualiza una vez cada tres años. Por lo tanto, algunos cambios recientes al programa ESA no se reflejan en el manual. Recomendamos consultar la página web de ESA (https://www.azed.gov/esa) o llamar a ESA (602-364-1969) para obtener la información más actualizada. 

Además, mientras un alumno tenga un contrato con la ESA, el titular de la cuenta no puede inscribir al alumno elegible en un distrito escolar público, una escuela autónoma o una escuela pública en línea. Si lo hace, el contrato con la ESA será rescindido. 

¿Los padres están obligados a presentar informes sobre el gasto del dinero de la cuenta ESA?

Sí, cuando un padre celebra un contrato de ESA con ADE, el padre es responsable y debe informar todos los gastos realizados en la tarjeta de débito de ESA o a través de la plataforma ClassWallet trimestralmente. 

  •  Los padres deben incluir facturas completas al enviar los informes de gastos, así como todas las credenciales de proveedores o vendedores que se requieran. 
  •  Los recibos de las tarjetas de débito deben presentarse en el trimestre en que se realizó la transacción. 
  •  El ADE está autorizado a auditar todos los gastos. El ADE tiene una política de tolerancia cero con respecto a los gastos indebidos. 
  •  Hacer gastos indebidos o no enviar los informes de gastos puede acarrear la suspensión o cancelación de la cuenta ESA y la remisión a la Oficina de Cobro o Fraude del Procurador General.

¿Qué sucede si cambio de opinión acerca de la ESA y deseo volver a inscribir a mi hijo en un distrito escolar público o en una escuela autónoma?

El titular de una cuenta puede retirar a su estudiante del programa ESA en cualquier momento. La cuenta ESA de un estudiante se puede cerrar dentro del Portal ESA. Los titulares de cuentas también pueden enviar un ticket de HelpDesk solicitando el cierre de la cuenta. 

Se revisará la cuenta del estudiante y se deberán enviar todos los recibos o facturas de tarjetas de débito pendientes. El titular de la cuenta recibirá una confirmación por correo electrónico cuando se haya cerrado la cuenta. Una vez cerrado, los fondos restantes se devolverán al fondo general del estado. De acuerdo con A.A.C. R7-2-1509, si una cuenta no se cierra en regla, el Departamento se referirá a la Junta Estatal de Educación. La Junta puede referir el caso a la Oficina del Procurador General para cobros. 

Implicaciones de la ESA para alumnos con discapacidad

¿Mi hijo conservará sus derechos de educación especial si tiene una cuenta ESA?

Al aceptar una cuenta ESA, los padres liberan al sistema de escuelas públicas (el distrito escolar o las escuelas públicas autónomas) de la obligación de educar a su hijo. La mayoría de los derechos del niño bajo la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA, por sus siglas en inglés) ya no se aplicarán. Si un niño o niña acepta la cuenta ESA, perderá protecciones, entre ellas las siguientes: 

  • El derecho a recibir una educación pública gratuita y apropiada (FAPE). 
  • El derecho a presentar una queja ante el Departamento de Educación de Arizona con respecto a una infracción de la ley IDEA cometida por proveedores que brindan servicios relacionados con la ESA. 
  • El derecho a participar en los procedimientos estatales de resolución de disputas, como la mediación o una audiencia de debido proceso. 
  • El derecho a ser educado por un maestro de educación especial calificado. 
  • El derecho a participar en pruebas estandarizadas. 

Como se explica a continuación en la respuesta a la pregunta 15, un niño que usa una cuenta ESA conserva el derecho a ser reevaluado cada tres años. 

Como se explica a continuación en la respuesta a la pregunta 16, un niño que usa una cuenta ESA conserva el derecho a ser considerado para los servicios de educación especial de participación proporcional. 

Los niños con discapacidad que reciben una ESA aún pueden estar protegidos contra la discriminación por parte de los proveedores de servicios y otros proveedores de la ESA bajo otras leyes federales de derechos civiles, incluida la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación y el Título III de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA). 

Al optar por no participar en el programa ESA y volver a inscribir al alumno en la escuela pública, se restablecen las protecciones del niño en virtud de la ley IDEA.  

Si utilizo dinero de la cuenta ESA para pagar la asistencia de mi hijo a una escuela privada, ¿la escuela privada debe cumplir el IEP de mi hijo?

No. Como se explica en la respuesta a la pregunta 11, la mayoría de la ley IDEA no se aplica a los alumnos que no están inscritos en el sistema de escuelas públicas. Una escuela privada financiada con fondos de la ESA no tiene la obligación de cumplir con el IEP creado por la escuela pública anterior. 

Si una escuela privada está diseñada para atender a alumnos con discapacidad, es posible que la escuela desee revisar el IEP de un alumno para determinar qué tipos de servicios o programas son apropiados para él o ella. La escuela privada puede optar por crear un plan individualizado para un alumno o reunirse con los padres de manera regular, pero no tiene ninguna obligación legal de hacerlo.  

Si utilizo dinero de la ESA para pagar la asistencia de mi hijo a una escuela privada y no estoy de acuerdo con la forma en que la escuela privada está educando a mi hijo, ¿puedo presentar una queja ante el Departamento de Educación de Arizona?

No. El Departamento de Educación de Arizona (ADE) no tiene autoridad de supervisión o cumplimiento forcado sobre las escuelas privadas, incluso si la matrícula de la escuela privada se paga con dólares provenientes de los impuestos a través de una cuenta ESA. Como se explica en la respuesta a la pregunta 11, la ley IDEA no se aplica a las escuelas privadas. No se investigará ninguna queja presentada ante el ADE con respecto al incumplimiento de una escuela privada con la ley IDEA. 

Si no está de acuerdo con la forma en que la escuela privada de su hijo lo está educando, puede intentar hablar con los maestros y administradores de la escuela privada para hacer cambios. Si aún no está satisfecho con la educación de su hijo en la escuela privada, siempre tiene la opción de cerrar su cuenta ESA y volver a inscribir a su hijo en un distrito escolar público o en una escuela autónoma pública que está sujeta a los requisitos de IDEA. Consulte el Manual de la ESA para padres si desea conocer los procedimientos correctos para cerrar la cuenta ESA y volver a inscribir a su hijo en la escuela pública: https://www.azed.gov/sites/default/files/2022/06/2022-2023%20ESA%20Program%20Handbook%20in%20Spanish%20%28Final%204-29-22%29.pdf   

Si utilizo dinero de la ESA para pagar la asistencia de mi hijo a una escuela privada y la escuela privada discrimina a mi hijo debido a su discapacidad, ¿puedo presentar una queja por discriminación?

En la mayoría de los casos, sí. Aunque las escuelas privadas no están obligadas a cumplir con la ley IDEA, la mayoría todavía están cubiertas por las leyes federales contra la discriminación. Las escuelas privadas que reciben fondos federales están cubiertas por la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación, y las escuelas privadas que no reciben fondos federales están cubiertas por el Título III de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), a menos que encajen en una excepción limitada para escuelas controladas por entidades religiosas. 

En virtud de estas leyes, los alumnos con discapacidad están protegidos contra la discriminación en la mayoría de las escuelas privadas. Esto significa que, aunque su hijo no tenga derecho a educación especial o servicios relacionados en virtud de la ley IDEA, la escuela privada puede tener una obligación legal independiente conforme a la ADA o a la Ley de Rehabilitación de no discriminar a su hijo por motivos de discapacidad. La discriminación incluye:  

  • Negarse a prestar servicios; 
  • Brindar un servicio menor; 
  • Segregar a los alumnos innecesariamente; 
  • Negarse a proporcionar modificaciones razonables a las políticas y procedimientos (por ejemplo, negarse a permitir el ingreso de un animal de servicio); 
  • Negar ayudas y servicios auxiliares (por ejemplo, negar un intérprete de lenguaje de señas o un formato de audio); y 
  • Negarse a eliminar las barreras arquitectónicas. 

Si cree que la escuela privada de su hijo está discriminándolo por su discapacidad, puede presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación de EE.UU., el Departamento de Justicia de EE.UU., la Oficina del Procurador General de Arizona, o puede entablar una demanda en un tribunal de jurisdicción competente. 

Puede obtener más información sobre cómo presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación de EE.UU. en https://www2.ed.gov/about/offices/list/ocr/docs/howto-sp.html  

Puede obtener más información sobre cómo presentar una queja ante el Departamento de Justicia de EE.UU. en https://www.ada.gov/es/presente-una-queja/  

Puede obtener más información sobre cómo presentar una queja ante la Oficina del Procurador General de Arizona en https://www.azag.gov/complaints/civil-rights  

¿Quién es responsable de realizar y pagar la reevaluación que se realiza cada tres años?

Como se explica en la respuesta a la pregunta 11, uno de los únicos derechos de educación especial que conserva un niño beneficiario de la ESA es el derecho a una reevaluación cada tres años. 

Si su hijo asiste a una escuela privada sin fines de lucro, el distrito escolar público en el que se encuentra la escuela privada es responsable del proceso de evaluación.  

Si su hijo asiste a una escuela privada con fines de lucro o recibe educación en el hogar, el distrito escolar público en el que usted (el padre, la madre o el tutor del niño) reside es responsable del proceso de evaluación. 

Si no está seguro de qué distrito escolar público es responsable de realizar una reevaluación de su hijo, puede comunicarse con la ESA para obtener apoyo al 602- 364-1969 o por correo electrónico a esa@azed.gov.  

¿Qué tipos de documentación aceptará la ESA como prueba de la discapacidad de mi hijo?

Puede proporcionar el Informe de Evaluación actual de su hijo o el Programa de Educación Individualizada (IEP) o el Plan 504 de una escuela pública de Arizona. 

Recientemente, como resultado de cambios legislativos, la ESA también comenzó a aceptar evaluaciones independientes para prueba de discapacidad. Esto significa que su hijo ya no necesita tener un IEP o un plan 504 de un distrito escolar público antes de que pueda ser elegible para un K-12 ESA. La ESA también aceptará evaluaciones independientes para respaldar un cambio en la categoría de discapacidad a fin de recibir una mayor financiación de la ESA. 

Si elige buscar una evaluación independiente, debe obtener la evaluación de un tercero independiente. Un tercero independiente se define por ley como: 

  1. alguien contratado con ADE, o en el ínterin mientras ADE desarrolla contratos,
  2. alguien de una lista que debe mantener el superintendente del condado, o si el superintendente del condado no tiene una lista,
  3. cualquier examinador calificado.

Un “examinador calificado” es un médico, psiquiatra o psicólogo con licencia.  

Este tipo de evaluación educativa independiente debe ser pagada por el distrito escolar dentro del cual reside el estudiante y que sirve al nivel de grado del estudiante. 

Una vez que se completa una evaluación independiente, el padre debe enviar un ticket de HelpDesk con la siguiente información: 

  • Una copia completa de la evaluación de educación privada independiente de un examinador calificado; y 
  • Una copia de la licencia del examinador calificado que demuestre que estaba vigente al momento de la evaluación. Puede ser una copia del sitio web de la junta examinadora que muestre el número de licencia y la fecha de vencimiento del examinador calificado.

¿Qué tipos de documentación aceptará la ESA como prueba de un cambio en la categoría de elegibilidad de mi hijo para los servicios? 

Al igual que en la pregunta 16, puede proporcionar el informe de evaluación/MET actualizado de su hijo, el IEP o el plan 504 de una escuela pública de Arizona. Como alternativa, puede utilizar la confirmación de una evaluación independiente como se explica en la pregunta 16.  

¿Mi hijo tiene derecho a recibir educación especial o servicios relacionados a través del sistema de escuelas públicas mientras usa ESA?

Los niños con discapacidades que asisten a escuelas privadas o que son educados en el hogar, con o sin ESA, son considerados “niños con discapacidades colocados por los padres en escuelas privadas” por IDEA. Aunque estos estudiantes no tienen derecho a recibir FAPE a través de un IEP, es posible que tengan derecho a recibir educación especial y servicios relacionados proporcionados por el sistema de escuelas públicas según las disposiciones de participación proporcional de IDEA. Los estudiantes de ESA con discapacidades que asisten a escuelas privadas sin fines de lucro o que reciben educación en el hogar son elegibles para los servicios de participación proporcional, mientras que los estudiantes de ESA que asisten a escuelas privadas con fines de lucro no lo son. 

Los padres pueden optar por no participar en los servicios de participación proporcional ofrecidos por su escuela pública local, pero deben saber que esta es una opción. Aceptar o rechazar este proceso no influye en su contrato o elegibilidad de ESA. 

Puede obtener más información sobre los servicios de participación proporcional en el sitio web de ADE: https://www.azed.gov/specialeducation/program-management-proportionate-share  

Mi hijo tiene transporte especializado como servicio conexo en su IEP. ¿Puedo utilizar los fondos de la cuenta ESA para pagar el transporte especializado de mi hijo?

La respuesta a esta pregunta cambió recientemente. Como resultado del HB 2853, el transporte entre la residencia de un estudiante y la escuela ahora se considera un gasto calificado en el que se pueden usar los fondos de la ESA. Esto puede incluir el transporte proporcionado por escuelas privadas o un proveedor de transporte externo; un pase de viajero para el transporte público; o una red de transporte como Uber, Lyft o una compañía de taxis. Tenga en cuenta que los costos de transporte relacionados con excursiones, viajes fuera del estado, citas con proveedores/tutores, gasolina, millaje y otros costos de vehículos relacionados no son gastos aprobados.   

Mi hijo usa un dispositivo de conversión de texto a voz y su escuela pública solía pagárselo. Ahora que hemos abierto una cuenta ESA, ¿podemos utilizar los fondos para comprar un dispositivo de conversión de texto a voz?

No. Los fondos de la cuenta ESA no se pueden utilizar para comprar tecnología asistencial. 

Sin embargo, los padres de alumnos con discapacidades pueden alquilar tecnología asistencial. Para que el artículo de tecnología asistencial alquilado se apruebe como gasto de la cuenta ESA, se debe presentar un contrato de arrendamiento del equipo con el informe de gastos. Los fondos de la cuenta ESA no se pueden utilizar para pagar tecnología asistencial que se devuelva dañada o con retraso. 

¿Puedo utilizar los fondos de la cuenta ESA para pagar un asistente educativo o paraprofesional que me ayude a educar a mi hijo en casa? 

Sí, si su hijo tiene una discapacidad y hay un MET/reporte de evaluación, IEP, o Plan 504 en sus archivos de la ESA. Los paraprofesionales y auxiliares son un gasto aprobado solo para alumnos con discapacidades. 

Los fondos de la cuenta ESA también pueden utilizarse para pagar servicios de tutoría o enseñanza y terapias y servicios educativos. En el Manual de la ESA para padres puede leer más sobre las credenciales que se requieren para cada uno de estos proveedores: https://www.azed.gov/sites/default/files/2022/06/2022-2023%20ESA%20Program%20Handbook%20in%20Spanish%20%28Final%204-29-22%29.pdf  

Mi hijo cumple 18 años este año escolar, pero no ha cumplido con los requisitos de graduación. ¿Podemos seguir usando la cuenta ESA? 

Sí. Todos los niños avanzan en una cohorte desde el grado en el que ingresaron a la ESA, por lo que, si su hijo comenzó a usar la cuenta en el décimo grado, será considerado un alumno del duodécimo grado dos años después. Por lo general, la financiación se detiene una vez que el alumno completa el duodécimo grado. 

Sin embargo, los alumnos beneficiarios de la ESA que tienen una discapacidad pueden continuar en el programa hasta los 22 años si no han completado todos los requisitos de graduación de la escuela secundaria para el año correspondiente al duodécimo grado de su cohorte. El padre de dicho estudiante debe iniciar sesión en el portal de ESA y indicar que el estudiante no se ha graduado ni obtenido un GED. Esto puede continuar cada año hasta el año en que el estudiante cumpla 22 años. 

Tenga en cuenta que si se descubre que el alumno se ha graduado y continúa recibiendo desembolsos de la cuenta ESA, la ESA pedirá que se le devuelvan esos fondos. 

Mi hijo se está preparando para terminar la escuela secundaria. ¿Puedo usar los fondos de la cuenta ESA para servicios de transición a fin de ayudar a mi hijo a prepararse para la vida postsecundaria?

Sí. Los fondos de la cuenta ESA se pueden utilizar para pagar la formación profesional y en habilidades para la vida aprobada por el ADE. Los fondos de la cuenta ESA se pueden gastar en la matrícula en escuelas de formación profesional o comercial o programas tales como los distritos conjuntos de educación técnica (JTEDs, por sus siglas en inglés), distritos de educación profesional y técnica (CTEDs, por sus siglas en inglés), escuelas de comercio, escuelas de formación profesional, colegios comunitarios. Los fondos de la ESA se pueden utilizar para apoyar la inscripción doble y las clases de instituciones postsecundarias. Los fondos de ESA se pueden usar para los libros de texto requeridos por las clases universitarias o colegios, pero no se pueden usar para alojamiento y comida, planes de comidas, alimentos, transporte, etc. 

Si no está seguro de si un servicio o programa de transición en particular está aprobado por ADE o es un uso aceptable de los fondos de la cuenta ESA, puede pedir asistencia a la ESA al 602-364-1969 o por correo electrónico a esa@azed.gov. 

No creo que la escuela pública de mi hijo esté satisfaciendo sus necesidades educativas, pero no quiero perder los derechos de educación especial de mi hijo abriendo una cuenta ESA. ¿Hay otra manera de financiar una colocación en una escuela privada?

Sí. Además de ESA, existe otro mecanismo de financiación para la colocación en escuelas privadas llamado Organizaciones de Matrícula Escolar (STO, por sus siglas en inglés). Las STO son entidades creadas para recibir contribuciones de crédito fiscal sobre los ingresos que financian becas para que los estudiantes asistan a escuelas privadas calificadas ubicadas en Arizona. 

Si cree que el entorno menos restrictivo apropiado para las necesidades de su hijo es una escuela privada, puede solicitar este cambio de asignación en una reunión del equipo de IEP. Si el equipo de IEP está de acuerdo en que una escuela privada es el entorno menos restrictivo para su hijo, el equipo cambiará la colocación de su hijo. Cuando un alumno es colocado en una escuela privada como resultado de una decisión del equipo de IEP, la escuela está obligada a cumplir el IEP, y al alumno se le proporcionan todas las demás protecciones en virtud de la ley IDEA. Las colocaciones privadas del equipo de IEP se realizan en escuelas aprobadas por el ADE y, por lo general, proporcionan programas especializados específicamente para alumnos con discapacidad. 

Si usted cree que su hijo no está recibiendo una educación pública gratuita y apropiada (FAPE) por parte de su distrito escolar público y el equipo de IEP de su hijo no está de acuerdo con cambiarlo a una escuela privada, puede colocar unilateralmente a su hijo en una escuela privada ya sea pagando la matrícula usted mismo o usando una herramienta como ESA o STO para cubrir el costo de la colocación. Si notifica a la escuela pública de su hijo por lo menos 10 días hábiles antes de trasladar a su hijo a una escuela privada, entonces tiene la opción de presentar una queja de debido proceso contra la escuela pública alegando una denegación de FAPE y solicitar el reembolso por el costo de la colocación privada. El debido proceso requiere mucho tiempo y a veces es costoso, así que le recomendamos consultar con un abogado antes de tomar este camino. 

Recursos adicionales 

Federales:

Consejo Nacional sobre la Discapacidad 

“Choice & Vouchers—Implications for Students with Disabilities”, disponible en línea en 

https://www.ncd.gov/report/choice-and-vouchers-implications-for-students-with-disabilities/

Estatales:

Departamento de Educación de Arizona, Programa de la Cuenta de Becas de Empoderamiento 

“Empowerment Scholarship Account Program Parent Handbook: School Year 2022- 2023”, disponible en línea en https://www.azed.gov/sites/default/files/2022/06/2022-2023%20ESA%20Program%20Handbook%20in%20Spanish%20%28Final%204-29-22%29.pdf 

 

 

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