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Detención temporal de los desalojos residenciales para prevenir

Accessibility, Housing

¿Sabía que existen leyes para protegerlo de ser desalojado y, en algunos casos, de incurrir en tarifas y multas por impago de renta durante la pandemia de Covid19?

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) emitieron una orden titulada “Detención temporal de los desalojos residenciales para prevenir una mayor propagación de COVID-19”. Esta Orden entra en vigencia desde el 4 de septiembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020 y prohíbe los propietarios emprender cualquier acción para desalojar por falta de pago de renta a un inquilino residencial que proporciona al propietario una declaración bajo la orden.

Otra ley, la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica por el Coronavirus (Ley CARES, por sus siglas en inglés), requería una moratoria temporal sobre los desalojos de viviendas públicas, viviendas de alquiler con subsidio federal y viviendas de alquiler con hipotecas respaldadas por el gobierno federal, así como la prohibición de la acumulación durante la moratoria de cuotas, multas e intereses relacionados con el impago de renta. La Ley CARES expiró el 25 de julio de 2020. Si vivió en una vivienda cubierta por la Ley CARES entre el 27 de marzo de 2020 y el 25 de julio de 2020 y no pagó la renta, su propietario no podrá cobrarle cargos por pagos atrasados, multas u otros cargos por falta de pago de renta durante ese tiempo.

¿Qué pasa si estoy cubierto por la Orden de los CDC o la Ley CARES, pero mi propietario está tratando de desalojarme por falta de pago de la renta o ha iniciado otra acción en mi contra por falta de pago de la renta?

Recientemente, la Corte Suprema de Arizona emitió la Orden Administrativa 2020-159, que requiere que el propietario en una acción de desalojo residencial por falta de pago de renta indique en la demanda o adjunto a la demanda si:

  1. La renta se reclama por o cualquier parte del período de tiempo desde el 27 de marzo de 2020 hasta el 25 de julio de 2020 y, de ser así, si la propiedad en la que residía el inquilino estaba cubierta por la Ley CARES; y
  2. Desde el 4 de septiembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, el propietario recibió de un inquilino, arrendatario o residente de la propiedad residencial una declaración de la orden de los CDC “Detención temporal de los desalojos residenciales para prevenir una mayor propagación de COVID-19.”

La Orden de la Corte Suprema de Arizona también requiere que un propietario en una acción civil o de reclamos menores que solicite un fallo por el alquiler de una propiedad residencial indique en la demanda o adjunto a la demanda si la renta se reclama por cualquier parte del período de tiempo desde 27 de marzo de 2020 al 25 de julio de 2020 y, de ser así, si la propiedad en la que residía el inquilino estaba cubierta por la Ley CARES.

Esta orden tiene como objetivo informarle al juez si usted podría estar protegido por la orden de los CDC o la ley CARES. Si esta información no está incluida en los documentos de desalojo y usted tiene derecho a la protección bajo la Orden de los CDC o la Ley CARES, puede beneficiarse de estas protecciones al informar al juez de su estado bajo la Orden de los CDC, la Ley CARES, o ambos.

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